Trabajo forzoso en el Perú

En el mundo 27 millones de personas y en América, 3 millones son víctimas de trabajo forzoso. El Perú, no es ajeno a esta realidad.
El trabajo forzoso se caracteriza por:
*Si aceptas un trabajo debido a una deuda con la persona empleadora (jefe/patrón)
*Si el empleador te agrede física o psicológicamente
*Si te obligan a aceptar un trabajo
*Si retienen tu sueldo para que no renuncies
*Si ves a tu empleador (jefe/patrón) agredir o amenazar a algunos compañeros de trabajo
*Si te vigilan cuando te comunicas con un familiar u otra persona
*Si no te deja renunciar bajo cualquier pretexto.
*Si te hace trabajar día y noche sin descanso
*Si te hace trabajar estando enfermo
El trabajo forzoso se da tanto en actividades laborales lícitas formales o informales, así como ilícitas. Algunas de las actividades donde se registran más casos son la minería, la extracción de madera, el trabajo doméstico, la manufactura, la agricultura, la pesca, la construcción, la explotación sexual, entre otros.
Sanciones
Este delito tiene tres sanciones judiciales que se aplican conjuntamente: pena privativa de libertad, inhabilitación y multa, siendo la pena máxima hasta 25 años de cárcel efectiva. Además, el trabajo forzoso es sancionado administrativamente, siendo considerado como
una infracción laboral muy grave.
¿Cómo denunciar?
Si eres o has sido víctima, o conoces algún caso de trabajo forzoso, puedes realizar una denuncia virtual a través de la plataforma de Sunafil https://aplicativosweb2.sunafil.gob.pe/si.denunciasVirtuales/inicio.
También puedes llamar al 1884, para acceder al asesoramiento y patrocinio legal gratuito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; al 0800 00 205 del Ministerio Público, a la Línea 100 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o al 1818 del Ministerio del Interior.